Convocatoria para contratación temporal de Oficial Administrativo de la Agrupación SSAA Valdorba

CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN, MEDIANTE OPOSICION, DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES AL DESEMPEÑO, MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL PUESTO DE TRABAJO VACANTE DE OFICIAL ADMINISTRATIVO Y LA COBERTURA DE LAS NECESIDADES ADMINISTRATIVAS QUE SE PRODUZCAN EN LA AGRUPACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LA VALDORBA 

BASE 1ª NORMAS GENERALES

1.1.- Se anuncia convocatoria para constituir mediante oposición, una relación de aspirantes para desempeñar las funciones del puesto vacante de oficial administrativo en la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba, así como para dar cobertura temporal a las necesidades administrativas que se produzcan en la Agrupación.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal deroga y deja sin efecto cualquier otra relación de aspirantes a la contratación temporal para el puesto de Oficial Administrativo al servicio de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba, y su gestión se ajustará a lo establecido en el Título III de la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal, en todo aquello que resulte de aplicación.

1.2.- Con los resultados del proceso selectivo se confeccionará una lista de contratación para cubrir de forma temporal el puesto vacante de Oficial Administrativo de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba y las necesidades de contratación de personal administrativo. Las contrataciones que se deriven del citado proceso selectivo tendrán una duración equivalente a la duración de la causa o circunstancias que justificaron su formalización. De esta forma, la contratación o sucesivas contrataciones que se formalicen finalizarán en el momento en que finalice la causa que provocó la provisión temporal de la plaza. En todo caso, los contratos que se formalicen preverán el periodo de prueba que proceda legalmente.

La persona que resulte seleccionada en primer lugar, será propuesta para la contratación con carácter temporal para cubrir la vacante del puesto de Oficial Administrativo existente en la plantilla de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba.

Los trabajos y funciones a desempeñar serán los adecuados a la categoría de la convocatoria y a las tareas del puesto.

El horario de trabajo, será el establecido para el puesto de trabajo concreto al que se opte, adaptándose en todo momento según las necesidades del servicio y pudiendo ser modificado por el mismo.

El puesto de trabajo de Oficial Administrativo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como con los complementos que se aprueben y/o en su defecto, estén establecidos en la Plantilla Orgánica de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba para dicho puesto de trabajo.

La lista de contratación podrá utilizarse siguiendo el orden de selección establecida, para la formalización de aquellas contrataciones de personal administrativo que sean necesarias para dar respuesta a la eventual acumulación de tareas administrativas u otras circunstancias que se produzcan en la Administración convocante.

BASE 2ª REQUSITOS DE LAS Y LOS ASPIRANTES:

Para ser admitido a las pruebas selectivas, quienes aspiren a ocupar el puesto y formar parte de las correspondientes listas deberán reunir en el momento en que finalice el plazo para presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar quienes sean cónyuges de las y los españoles y de las y los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
  • Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.
  • Hallarse en posesión, como mínimo del título de Bachillerato, Formación Profesional de 2º Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que el plazo de presentación de solicitudes termine.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de credencial que acredite su homologación.

  • Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.
  • No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública ni despedido disciplinariamente.
  • Disponer de permiso de conducir, al menos de categoría B o equivalente y de vehículo motorizado para desplazarse entre las localidades agrupadas.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la Función Pública.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

BASE 3ª. PROCEDIMIENTO:

Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/85, de 5 de junio, los procedimientos de selección del personal temporal, deberán posibilitar la máxima agilidad en la contratación.

La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de Navarra y en otros medios de los que disponga la Agrupación para dar publicidad de la misma. Los sucesivos anuncios se pondrán en el tablón de anuncios de la Agrupación de SSAA de la Valdorba y en los medios de publicidad de los que disponga.

BASE 4ª.- INSTANCIAS

Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba sito en el Conjunto Monumental de Catalain NA-5100. Km2 de Garinoain, el cual permanecerá abierto al público los lunes, miércoles y viernes en horario de 11:00 a 14:30 horas y deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria.

El plazo para presentar las instancias es de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad, de la titulación exigida o del documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y duración de los contratos con Administración Pública, en su caso. y curriculum vitae detallando el puesto, departamento

En caso de presentarse la documentación por alguno de los restantes medios permitidos por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el aspirante deberá notificarlo por email a la Agrupación en el plazo de 24 horas (agrupación@valdorba.es).

BASE 5ª.- LISTAS PROVISIONALES

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba dictará resolución aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el tablón de anuncios de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba.

A partir de dicha fecha de publicación en el tablón y dentro del plazo de cinco días naturales siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

BASE 6ª.- LISTAS DEFINITIVAS

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, el Presidente de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba dictará resolución aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y dichas listas se harán publicas en el tablón de anuncios de la Agrupación, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la base octava de la presente convocatoria.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

BASE 7ª.- TRIBUNAL CALIFICADOR:

7.1.- El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

  • Presidente: Presidente de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba,  Iñigo Arregui Odériz.

Suplente: Dª María Encarnación Ducun Izupura, Alcaldesa del Ayuntamiento de Unzue

  • 1º Vocal: Persona designada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos

Suplente: Marta Valencia Lara, Secretaria del Ayuntamiento de Barasoain

  • Vocal: Persona designada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Suplente: Persona designada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

  • Vocal: Doña Rosario Murillo González, Oficial Administrativa del Ayuntamiento de Leoz

Suplente: Beatriz Aceña Laparra, Secretaria del Ayuntamiento de Leoz

  • Vocal- Secretaria: María del Mar Lapieza Antón, Secretaria de la Agrupación de SSAA de la Valdorba

Suplente: Cualquiera de los Suplentes técnicos (con licenciatura) de los vocales titulares. Si no hubiera disponibles, cualquiera de los vocales técnicos (con licenciatura) ejercerá la doble función de vocal-Secretario.

7.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir como tales, notificándolo a la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.3. El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución del Tribunal se requerirá la presencia del Secretario.

En caso de que ni el Secretario ni su suplente puedan asistir a las reuniones del Tribunal, la Secretaría será desempeñada por cualquiera de los vocales técnicos del Tribunal.

7.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

7.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

BASE 8ª DESARROLLO Y VALORACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN:

El proceso selectivo dará comienzo en la fecha que señale el presidente del Tribunal calificador. En el mismo acto aprobatorio de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Se prevé que las dos primeras pruebas en que consiste este proceso de selección se realicen el mismo día. La tercera se realizará otro día.

Los ejercicios serán eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un test de carácter teórico- práctico con 60 preguntas de respuestas alternativas que versarán sobre las materias del temario previsto en el Anexo II.

Todas las preguntas del cuestionario tendrán tres alternativas de respuesta, de las cuales sólo una será válida. Cada respuesta válida se valorará con 1 punto y las respuestas contestadas erróneamente, tendrán una penalización cifrada en el 0,33 de la valoración de cada una de las preguntas. La valoración individual de todas las preguntas será idéntica. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será de noventa minutos.

La valoración del ejercicio podrá alcanzar un máximo de 45 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada al mismo.

El ejercicio se llevará a cabo por el sistema de plicas.

Segundo ejercicio: De carácter práctico consistente en su supuesto práctico sobre las materias del temario previsto en el Anexo II.

La valoración del ejercicio podrá alcanzar un máximo de 55 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada al mismo.

El ejercicio se llevará a cabo por el sistema de plicas.

Tercer ejercicioPrueba psicotécnica de adecuación al perfil realizada por la sección de Psicología Aplicada del INAP

La valoración del ejercicio será apto o no apto.

La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que el aspirante deberá acudir provisto del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

Las listas de contratación se confeccionarán de la siguiente manera:

– Primero se incluirán las personas que hayan aprobado las 3 pruebas en el orden de la puntuación total resultante de la suma de la valoración de las 3 pruebas

– A continuación se incluirán las personas que hayan aprobado la primera y la segunda prueba, en el orden que resulte de la suma de la valoración de esas 2 pruebas

– A continuación se incluirán las personas que hayan aprobado únicamente la primera prueba, en el orden que resulte de la valoración de esa prueba.

– En caso de que no hubiera ningún aspirante que superara la primera prueba, igualmente la Agrupación podrá confeccionar listas de contratación en función de la puntuación obtenida.

BASE 9ª PROPUESTA DEL TRIBUNAL

9.1.- Concluida la celebración de estas pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas. En el supuesto que se produzca empate entre aspirantes, este se resolverá mediante sorteo público.

Asimismo, formulará a la Agrupación convocante una propuesta de contratación de acuerdo a la lista que resulte de las puntuaciones de los aspirantes.

La propuesta será vinculante para la entidad convocante.

9.2.- Mediante Resolución del Presidente de la Agrupación, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba, se aprobará la lista de contratación.

9.3. Los aspirantes podrán ser llamados para su contratación, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

9.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

BASE 11ª RECURSOS:

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

  1. a) Recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto recurrido.
  2. b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
  3. c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante que hubiera nombrado al tribunal, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

ANEXO II

TEMARIO

  • Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
  • Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público.
  • Decreto Foral 234/2015, de 23 de septiembre, por el que se aprueba la estructura presupuestaria de las Entidades Locales de Navarra.
  • Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local de Navarra.
  • Decreto Foral 273/1998, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción de Contabilidad Simplificada para la Administración Local de Navarra.
  • Normativa sobre Estabilidad Presupuestaria. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y normativa de desarrollo.
  • Conceptos básicos de Informática: Tratamientos de textos Word. Hoja de cálculo Excel. Internet y correo electrónico.